La Secretaría de Energía tiene lista la resolución que pone en marcha el nuevo régimen de Zona Fría para los usuarios de gas natural. Tras el decreto reglamentario, la cartera que conduce María Tettamanti publicará en las próximas horas la norma. El texto está en línea con la ley que sancionó el Congreso, pero trae novedades relevantes para los hogares de las zonas incluidas en 2021.

 

La resolución, a la que accedió El Post Energético, establece una bonificación del 50% sobre el precio del gas natural (PIST) y del propano indiluido por redes para la Región Patagónica, el departamento de Malargüe (Mendoza) y la Puna. De esta manera, el descuento ya no se aplicará sobre el total de la factura, como ocurría hasta ahora, sino solo sobre el costo del combustible. Quedan fuera el transporte y el Valor Agregado de Distribución (VAD). Para este universo de usuarios, el volumen bonificado sigue sin límites.

 

El cambio más relevante se da en las zonas “ampliadas”, es decir, las que se incorporaron con la ley sancionada en 2021, ya que pasan a formar parte del programa de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). Se trata de localidades de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Mendoza (fuera de Malargüe), San Luis, San Juan, Salta, Jujuy, Catamarca y La Rioja. Allí, el beneficio queda reservado a los hogares cuyos ingresos no superen las tres Canastas Básicas Totales (CBT) del INDEC, lo que hoy equivale a $4.897.517,13 de ingreso familiar mensual.

 

En esos casos, al descuento que tienen todos los hogares del SEF se suma un 20% del Precio Anual Uniforme (PAU). El descuento del SEF hoy alcanza el 74,25% del PAU, entre el 50% base y el adicional dispuesto para este año. Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre en la Patagonia, este beneficio solo se aplica sobre un consumo base que se determina por región.

 

 

En rigor, para estos usuarios la bonificación funciona como un complemento del subsidio. Para recibirla, deberán cumplir una serie de requisitos:

 

-estar inscriptos en el SEF;

-vivir en determinadas subzonas bioambientales;

-no estar alcanzados por el 50% patagónico;

-reunir alguno de los criterios de vulnerabilidad previstos en la ley.

 

En tanto, las entidades de bien público y los clubes de barrio y de pueblo tendrán un trato diferenciado. A ellos el 20% se les aplicará sobre la totalidad de su consumo, sin topes de volumen.

 

 

Los beneficiarios del descuento adicional se identificarán cruzando el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) con la ubicación de cada suministro. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética elaborará el padrón y lo pondrá a disposición del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), que luego lo enviará a las distribuidoras.

 

Estas aplicarán los descuentos en las boletas e informarán al regulador, con carácter de declaración jurada, los consumos y las bonificaciones aplicadas. Las compensaciones a las empresas proveedoras saldrán del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, según el procedimiento que fija el decreto reglamentario. Ese fondo se financia con un recargo del 7,5% que pagan el resto de los usuarios en sus facturas.

 

La resolución entrará en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y tendrá efecto retroactivo sobre los consumos registrados desde la entrada en vigencia de la Ley 27.828. Queda pendiente cómo se reflejará ese período en las próximas facturas y cuántos hogares de las zonas incorporadas en 2021 integrarán el padrón.