El Poder Ejecutivo reglamentó hoy la reforma del Régimen de Zona Fría que había promulgado el 13 de octubre. Lo hizo mediante el Decreto 1266/2026, firmado por Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Economía, Luis Caputo, y publicado hoy en el Boletín Oficial. La norma aprueba la reglamentación del Capítulo I de la Ley 27.828 y rige desde su publicación.
La ley había recortado el alcance del beneficio: eliminó las ampliaciones del año 2021 y dejó el descuento automático solo para la Patagonia, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna. En el resto de las zonas, ahora solo podrán acceder a una bonificación adicional los hogares inscriptos en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados que cumplan los criterios de la ley, como ingresos de hasta tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2 del INDEC.
Quién define los montos
El decreto designa a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación: será la encargada de determinar las compensaciones y bonificaciones, intervenir en la validación final de los montos que cobran las empresas y dictar las normas complementarias. El texto no fija porcentajes de descuento ni montos: lo que Energía defina sobre el volumen de gas a precio subsidiado en cada región determinará el alcance real del beneficio y, con él, el costo que deberá sostener el fondo. Eso podría repercutir en el porcentaje del recargo que pagan los demás usuarios.
Ese es el paso pendiente que ya había anticipado El Post Energético. Energía debe definir los bloques de consumo base que se bonificarán en cada región y subzona, y el ENReGE tendrá que trasladar esos criterios a los cuadros tarifarios de las distribuidoras. Según se estimó, el impacto en las facturas podría llegar recién en noviembre.

Cómo se financia y cómo se paga
La reglamentación mantiene el recargo de hasta 7,5% sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte, que paga el resto de los usuarios. Los productores y los importadores, salvo los de GNL regasificado, deberán percibirlo al facturar y declararlo ante ARCA dentro de los primeros cinco días de cada mes.
Cuando concurrió al Senado a defender la reforma, la secretaria de Energía, María Tettamanti, prometió reducir el recargo en caso de que se sancione la Ley.
En tanto, el decreto suma a los importadores como agentes de percepción y reemplaza el circuito de pagos: las compensaciones se abonarán directamente a las empresas proveedoras y las distribuidoras quedarán afuera de la administración de los fondos. Las distribuidoras seguirán aplicando la bonificación en la factura y deberán presentar declaraciones juradas ante el ENReGE. El ente controlará la información, elaborará un informe para Energía y, con esa base, la Secretaría pedirá el desembolso al fiduciante. El pago lo hará el Banco Nación.
Qué anticipaba el impacto
Las estimaciones difundidas en la previa de la reforma muestran aumentos importantes. En Salliqueló, un hogar con 400 m³ mensuales que pierda el beneficio pasaría de pagar $53.257 a $163.370, un 207% más. En Río Gallegos, un hogar promedio con 625 m³ pasaría de $114.892 a $147.673, un 29% más, por el cambio en la base de cálculo. De los aproximadamente 3,26 millones de usuarios con alguna bonificación, una parte importante perdería el subsidio de forma total o parcial.