El Gobierno Nacional dispuso un fuerte cambio en la regulación de las exportaciones de hidrocarburos. A través de la Resolución 166/2026, la Secretaría de Energía, que conduce María Carmen Tettamanti, aprobó un nuevo “Procedimiento de Exportación de Hidrocarburos Líquidos y sus Derivados”, eliminando esquemas de control previo que, en algunos casos, tenían más de 30 años de antigüedad.
El cambio más significativo es la eliminación del requisito de oferta previa obligatoria. Hasta ahora, cualquier exportador debía publicar primero una oferta de venta en el mercado local para demostrar que no había interesados internos antes de obtener el permiso de salida. Según el comunicado oficial de la Secretaría, este mecanismo generaba pasos burocráticos innecesarios sin garantizar eficazmente el abastecimiento doméstico.
A partir de ahora, el sistema pasa a ser de “libertad de exportación general por declaración jurada”, donde el Estado solo intervendrá por excepción mediante una objeción fundada en motivos técnicos o económicos que pongan en riesgo la seguridad del suministro. La Secretaría tendrá un plazo máximo de 30 días para formular dicha objeción; de lo contrario, la exportación quedará automáticamente habilitada.

La medida llega en un momento de fuerte expansión para el sector. Según datos recientes, la balanza energética argentina acumuló un superávit de casi USD 6.000 millones en los primeros seis meses de 2026, lo que representa un crecimiento del 59% respecto al año anterior. Este impulso exportador se ve reflejado en empresas como Vista Energy, que recientemente reportó un incremento del 32% en su producción total gracias al desempeño en Vaca Muerta.
El nuevo Registro de Operaciones
La Resolución 166/2026 también crea el Registro de Operaciones de Exportación, gestionado por la Subsecretaría de Hidrocarburos. Este registro unificará todas las notificaciones, objeciones y constancias de libre exportación, reemplazando la duplicidad de datos que existía anteriormente con otros organismos como la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Los productos alcanzados por este nuevo régimen incluyen:
-Aceites crudos de petróleo y de mineral bituminoso.
-Gasolinas (excepto de aviación) y Gasóleo (gasoil).
-Propano, Butano y Gas Licuado de Petróleo (mezcla).
Con esta normativa, se derogan tres resoluciones (303/94, 241/17 y 175/23), consolidando un marco regulatorio único que busca fomentar la inversión y la integración de Argentina en el comercio global de energía.