El texto incluye una reducción de “zonas frías” para usuarios de gas natural, el perdón a deudas de Edenor, Edesur y otras distribuidoras y el traslado automático a tarifas de mayores costos, entre otras medidas.
El texto incluye una reducción de “zonas frías” para usuarios de gas natural, el perdón a deudas de Edenor, Edesur y otras distribuidoras y el traslado automático a tarifas de mayores costos, entre otras medidas.

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Post Energético
Luego de varios días en que circularon diferentes versiones, el Poder Ejecutivo Nacional remitió finalmente al Congreso el proyecto de ley titulado “Medidas energéticas: Readecuación del régimen de subsidios”, una iniciativa integral que busca reducir el déficit fiscal y normalizar financieramente el sistema energético argentino. La propuesta legislativa introduce cambios estructurales en el subsidio al gas, establece un mecanismo de “perdón” de deudas a transportistas y distribuidoras eléctricas -en especial a Edenor y Edesur- y extiende los beneficios fiscales para el sector de las energías renovables.
La mayoría de los puntos fueron incluidos en el capítulo XI de la Ley de Presupuesto 2026 pero si bien el Gobierno logró aprobar la llamada “ley de leyes” no le alcanzaron las manos para el apartado dedicado a la energía, en especial por la resistencia condonar deudas de las distribuidoras.
Uno de los ejes centrales del nuevo proyecto, que lleva la firma del ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, y del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, es la readecuación del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas. El Gobierno argumenta que la ampliación territorial realizada en 2021 desnaturalizó el carácter focalizado del sistema, elevando significativamente el costo fiscal.

La propuesta del ejecutivo es que se mantenga la bonificación del 50% sobre el precio del gaspara los usuarios residenciales de la Región Patagónica, el Departamento de Malargüe (Mendoza) y la Puna, es decir los incluidos originalmente.
Para el resto de las regiones, incorporadas anteriormente por la Ley 27.637, el beneficio dejará de ser masivo: solo podrán acceder a una bonificación “adicional” aquellos usuarios que estén registrados en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), el cual agrupa a hogares con ingresos netos inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT).
Además, el subsidio se aplicará exclusivamente sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema, y no sobre el total de la factura, eliminando costos de transporte y distribución de la base subsidiada. El fondo se financiará con un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural, que según una reciente modificación puede subir o bajar hasta un 50 por ciento.

El proyecto incluye un polémico mecanismo para resolver las deudas entre el Estado Nacional y las distribuidoras eléctricas de jurisdicción federal, así como las provinciales, en consulta con sus entes reguladores. El Ejecutivo propone determinar las diferencias de ingresos que las empresas sufrieron debido al congelamiento tarifario y las leyes de emergencia.
Las empresas Edenor y Edesur reclaman activos regulatorios por ingresos no percibidos que ascienden a unos 3.200 millones de dólares (2.000 millones Edenor y 1.200 millones Edesur). A su vez, estas compañías mantienen deudas con CAMMESA por aproximadamente 1.100 millones de dólares.
La ley autoriza a utilizar los créditos a favor de las distribuidoras para cancelar sus deudas con CAMMESA, siempre y cuando las empresas desistan de cualquier reclamo judicial o administrativo contra el Estado por los efectos de las emergencias declaradas. Según el análisis, esto permitiría “limpiar” los balances de las compañías y liberar al Estado de pasivos contingentes a largo plazo.

En materia de energías limpias, el Gobierno propone dos medidas clave: estabilidad fiscal hasta 2045 y traspaso de contratos. En el primer caso se prorroga la exención de todo tipo de tributo específico, canon o regalías nacionales, provinciales o municipales para el acceso y uso de fuentes renovables. Esta medida busca otorgar previsibilidad al sector y evitar que las jurisdicciones locales apliquen tasas como el denominado “impuesto al viento”.
En tanto, en materia de contrato, se faculta a los organismos del sector público a ceder a terceros (privados) sus contratos de abastecimiento de energía renovable. Esta excepción busca asegurar la finalización de proyectos de inversión en curso que dependen de dicha cesión contractual para ser viables bajo condiciones de mercado privado.
Finalmente, el proyecto garantiza el traslado automático a las tarifas de los costos de adquisición de electricidad y gas obtenidos mediante procesos competitivos, evitando que nuevos desfasajes financieros vuelvan a desequilibrar el sistema.